Salvamento 10174-20
en consecuencia, de que no se realiza dicha valoración respecto de cada uno
de los candidatos según la Corporación Pública a la cual aspiraron, determinando en cada
caso qué campañas pusieron efectivamente en peligro el bien jurídico tutelado y cuáles de
ellas no, de forma que se pudiese establecer la configuración de la antijuridicidad material, así como de la ausencia de aplicación del principio de proporcionalidad para imponer medidas
sancionatorias a ciudadanos que hayan conformado listas de candidatos a Corporaciones
Públicas, me aparto de la decisión aprobada por la mayoría de la Corporación.