Salvamento 10182-20
Este Salvamento tiene por objeto subrayar las garantías que la Corporación está llamada a
respetar en el marco de su actividad administrativa sancionadora, dado que ante el
conocimiento de una posible violación al régimen electoral por cuenta de cualquier actor que
intervenga en el mismo, el Consejo Nacional Electoral tiene la competencia constitucional para
adelantar investigaciones1 y de ser procedente, imponer sanciones a los responsables de
dichas transgresiones, todo ello con arreglo a los principios configuradores del sistema
sancionador, así como a los principios fundamentales al debido proceso, igualdad,
transparencia e imparcialidad.